Nacional

Elecciones de dos días: Servel explicó el protocolo para resguardar las urnas

Se podrá votar con lápiz pasta y no habrá ley seca.

Se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.693, la que permitirá que los próximos comicios de octubre, en donde el país votará por alcaldes, gobernadores, consejeros regionales y concejales, se realicen en dos días. La ley tenía por objetivo enfrentar uno de los desafíos de estas elecciones: el voto obligatorio, además de la ya implementada con anterioridad, inscripción automática. Hecho que también estuvo acompañado por el comienzo legal de las campañas electorales.

El presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, sostuvo que otra novedad, además de que las personas tendrán que concurrir a las urnas el día 26 o 27 de octubre, es que el lápiz que se utilizará será de pasta.

En cuanto a los vocales de mesa, Tagle comentó que esta nueva regulación contempla “como norma permanente que los vocales designados deberán cumplir esta labor en dos procesos electorales generales consecutivos, incluidas sus segundas vueltas”, a quienes se les remunerará con $28.284 por día siempre que efectivamente ejerzan esta función.

Las elecciones son obligatorias, es decir, quien no concurra a sufragar, será sancionado con una multa de $33.000. Sin embargo, esta sanción no será aplicada a quienes se encuentren enfermos durante las elecciones, fuera del país o a más de 200 kilómetros de su local de votación, o a quienes no puedan cumplir con su indicación por otro impedimento, el que deberá estar debidamente acreditado ante el juez de policía local.

Acerca de quienes deben trabajar durante ese fin de semana, Tagle aclaró que “ningún empleador podrá exigir algún trabajo que impida al elector votar”, indicando que la ley recién publicada permite a los trabajadores “ausentarse durante 3 horas a fin de que puedan sufragar o excusarse según corresponda, sin descuento de remuneración”. Tanto el sábado 26 como el domingo 27 de octubre serán feriados legales, pero no irrenunciables. Cuya restricción, aclararon, es el N°7 del artículo 38 del Código del Trabajo, el que prohíbe el funcionamiento de centros comerciales administrados bajo una misma razón social en los días de elecciones. Lo anterior, se aplicará solo el día domingo 27 de octubre.

Además, se refirió a la conocida ley seca, la que impide la venta de alcohol durante los días de elección. Esta medida fue eliminada de forma permanente.

Exit mobile version