Internacional
TC de Perú ordena la inmediata libertad de expresidente Alberto Fujimori
Cumple una condena de 25 años de prisión por los casos Barrios Altos y La Cantuta.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundado un recurso y ordenó al Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y al director del penal de Barbadillo para que “en el día” dispongan la inmediata libertad del exmandatario Alberto Fujimori “bajo responsabilidad”.
En el documento, se señala que la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) —de que el Estado peruano se abstenga de la liberación de Fujimori, dada en abril del 2022— “se contrapone a la ejecución de la sentencia constitucional del presente caso” y se advierte una “falta de competencia” de dicho tribunal internacional.
El TC sostiene además que “queda fuera de su competencia (de la corte) ordenar a un Estado, en supervisión de cumplimiento de sentencia, no ejecutar una sentencia de un tribunal nacional”.
“En virtud de esa falta de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para, en el marco de una supervisión del cumplimiento de sentencias, ordenar directamente la no ejecución de una decisión judicial, este tribunal dispuso la ejecución de su sentencia de fecha 17 de marzo de 2022, emitida en el caso de autos, apartándose de lo señalado en la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, refiere el TC.
El TC, en ese contexto, llama “severamente la atención” al juez de Ica, Vicente Fernández, “exhortándolo a poner más diligencia y celo en el cumplimiento de sus funciones al momento de ejecutar las sentencias estimatorias de habeas corpus”. El magistrado había devuelto al TC para que sea el mismo tribunal el que ejecute su sentencia.
La resolución del Tribunal Constitucional lleva las firmas de tres magistrados: Francisco Morales Saravia (presidente del TC), Luz Pacheco Zerga y Gustavo Gutiérrez Ticse.
El pronunciamiento se da tras un recurso de reposición presentado el jueves 30 de noviembre presentado por Alberto Fujimori, según el documento. Es decir, antes de que el juez de Ica emita su pronunciamiento devolviendo lo actuado. “El recurrente solicita que sea el propio Tribunal Constitucional el que ejecute la referida sentencia”, se subraya.
“Que una sala pueda ser competente para ejecutar la sentencia estimatoria que expidió, en ningún caso impIica que el juzgado de origen quede inhabilitado para conocer de la ejecución”, señala el tribunal respecto a la controversia que se generó la semana pasada.
En la resolución, los magistrados del tribunal también refieren que Fujimori “ya ha cumplido aproximadamente las dos terceras partes de su condena, así como que tiene una avanzada edad (85 años) y su salud se encuentra resquebrajada”.
Antecedentes
El martes 28 de noviembre, se conoció la resolución del TC que rechazó dos pedidos de aclaración de su sentencia emitida en marzo del 2022, mediante la cual dispuso la “libertad inmediata” del condenado exmandatario; y por consiguiente decidió remitir todo lo actuado al juez de ejecución de Ica “a fin de que proceda conforme a sus atribuciones”.
Si bien no lo señalaba expresamente, los magistrados del TC declararon en los medios de comunicación que, tras el rechazo de los pedidos de aclaración, correspondía la liberación.
Así llegó el caso nuevamente al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, que está a cargo del juez Fernando Vicente Fernández Tapia.
En abril del 2020, esta instancia había declarado improcedente un pedido de habeas corpus que buscaba la liberación de Fujimori, que argumentaba para ello su edad, sus enfermedades y el riesgo del COVID-19.
Justamente, fue ese expediente el que generó el posterior pronunciamiento del TC, que finalmente falló a favor del exmandatario en el 2022.
Posterior a ello, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) ordenó al Estado peruano que se abstenga de ejecutar la decisión del TC, “debido a que no cumplió con las condiciones” establecidas su resolución de cumplimiento de sentencia del 2018.
Una vez que fue notificado, el juez de Ica, invocando el Nuevo Código Procesal Constitucional, declaró -el último viernes 1 de diciembre- declarar improcedente la ejecución del TC, disponiendo todo lo actuado al TC para que esa ese mismo órgano el que ejecute su resolución. Ello finalmente ocurrió este martes.
Fuente: elcomercio.pe